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DIETAS MUNICIPALES ASCENDERÁN HASTA UN 30% DE LA REMUNERACIÓN MENSUAL DEL ALCALDE

Congresista Ana Zegarra preside la sesión de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de Gestión del Estado en la sala José Gabriel Túpac Amaru Noguera y Micaela Bastidas. (Congreso de la República/CCox)

LIMA.- La Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, aprobó por unanimidad, el dictamen que plantea modificar la Ley 27972  (Ley Orgánica de Municipalidades),  a fin de precisar la dieta de los regidores municipales  que será equivalente al 30% de la remuneración mensual del alcalde.

El objetivo es fortalecer la participación de los regidores municipales en las sesiones de concejo municipal, garantizando el derecho a dietas equivalentes del treinta por ciento de lo que percibe el burgomaestre, hasta cuatro veces al mes.

La legisladora Ana Zegarra Saboya (Somos Perú), presidenta de la Comisión de Descentralización, explicó que la norma precisa que la inasistencia injustificada será materia del descuento proporcional correspondiente, publicado de forma obligatoria en el Portal de la Municipalidad.

EL dictamen aprobado recayó  en los proyectos de ley 7598/2023-CR, 9282/2024-CR, 8206/2023-CR, 7500/2023-CR, 6894/2023CR, 4437/2022-CR, 2874/2022-CR y 1198/2021-GL, Ley que sustenta la modificatoria del Artículo 12 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

El  Artículo 12 modificado precisa que:  …”Los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas, fijadas por acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del año de gestión, cuyo monto equivale al 30% de la remuneración mensual del alcalde. El acuerdo que las fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. No pueden otorgarse más de cuatro dietas mensuales a cada regidor”.

La Comisión de Descentralización, también por unanimidad, aprobó el dictamen de inhibición respecto del Proyecto de Ley 7241/2023-CR, que propone ajustes razonables para trabajadores que ejercen el cuidado de familiares con discapacidad y enfermedades graves.

 

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